DESCRIPCIÓN
<p>En Barracas, en el distrito de diseño se encuentra este espectacular galpón edificado sobre un lote de 15,75 x 48,25 con una superficie total cubierta y edificada de 1465 M2.</p><p>Techo con doble altura.</p><p>Cuenta con mas de 4 oficinas , 4 baños, vestidores, cocina comedor con calefacción y Cocheras. </p><p>Subsuelo: Encontraras cocheras para 10 autos aprox.</p><p>Pb: Zona de maquinas , boxes cerrados ideal para mas oficinas, monta cargas, oficinas, baños.</p><p>Pa: Vestidores , baños y depósitos. </p><p>Posee terraza . </p><p><span style="font-size: 14px;"> Mira el video y disfruta el recorrido!!!! .</span></p><p><br></p><p>Los principales beneficios de la Ley N°6391 de Promoción de las actividades de diseño en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que da vida al Distrito de Diseño son:</p><p><br></p><p>Exención o diferimiento en el pago del Impuesto a los Ingresos Brutos.</p><p>Ingresos derivados de la venta minorista de bienes o servicios de diseño contarán con base mínima no imponible mensual equivalente al doble de la establecida para la categoría más alta del régimen de ISIB</p><p>Crédito Fiscal Transferible para empresas aún no registradas en la Ciudad de Buenos Aires.</p><p>Exención del Impuesto de Sellos.</p><p>Impuesto Inmobiliario y Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros (ABL) para las propiedades dentro del DT que sean propias o alquiladas por las empresas</p><p>Exención del pago Impuesto inmobiliarios, Tasa retributiva de Alumbrado, Barrido y Limpieza para las propiedades dentro del Distrito del Diseño que sean propias o alquiladas por los empleados en relación de dependencia de las empresas inscriptas en el régimen de la Ley y que sean utilizadas como vivienda única y familiar de esos empleados.</p><p>Exenciones para proyectos de usos mixtos en el Distrito que destinen al menos el 50% de la superficie a la actividad promovida y el remanente a actividades comerciales complementarias o vivienda.</p><p>Exención de Derechos para trámites de Obras, Instalaciones, Catastro e Interpretación Urbanística.</p><p>Desarrolladores de infraestructura destinada a actividades de diseño y gastronómicas. Actividades de diseño: Inversiones a través de mejoras, reformas o construcciones para la realización de las actividades promovidas del Distrito de Diseño.</p><p>Actividades gastronómicas: incluye a aquellas personas humanas o jurídicas que efectúen inversiones a través de mejoras, reformas o construcciones para la instalación o explotación de establecimientos gastronómicos en el Distrito de Diseño.</p><p>Líneas de crédito preferenciales del Banco Ciudad.</p><p>Beneficiarios</p><p>Todas aquellas empresas que realizan actividades de:</p><p><br></p><p>Elaboración y venta - Servicios de diseño - Educativas en diseño.</p><p>Elaboración y venta - Tapices y alfombras.</p><p>Productos textiles: valijas, bolsos de mano, artículos de talabartería, y monturas, calzado, joyas y bijouterie, anteojos.</p><p>Aparatos de uso doméstico, incluye electrodomésticos, muebles, sommiers y colchones, lámparas eléctricas y equipo de iluminación.</p><p>Productos de bazar: vajilla, utensilios y adornos, juguetes.</p><p>Productos de diseño de autor: diarios, revistas, publicaciones periódicas, libros y otras publicaciones e incluyendo su distribución.</p><p><br></p><p>Productos importados: 100% sobre el margen remanente excluyendo el valor FOB (Free OnBoard) de dichos productos.</p><p>Elaborados dentro del país: 100% sobre el margen remanente excluyendo el costo de elaboración de dichos productos.</p><p>Servicios de diseño Industrial, de indumentaria, textil, gráfico, de imagen y sonido, urbano y de arquitectura, de paisajes,</p><p>de interiores, multimedial, de identidad, logos e imagen, tipográfico,</p><p><br></p><p>Consultoría en diseño de materiales, de empaque, publicitario.</p><p>Venta minorista de bienes o servicios de la realización de las actividades promovidas.</p><p>CUMPLE CON LA LEY NUMERO 5115.</p><p><br></p>